Saltar al contenido
Global Trade Group
Przepisy

PPWR a partir del 12 de agosto de 2026: obligaciones del importador, BDO y requisitos de Allegro

Por Darek Mazur · CEOActualizado el 5 de noviembre de 20267 min de lectura
Opakowania na drewnianym stole: złożone kartony, papierowa taśma, wypełniacz z papieru, wkładka z tektury i koperta.

El Reglamento PPWR (UE) 2025/40 es aplicable a partir del 12 de agosto de 2026. El importador que introduce mercancías envasadas y las vende en Polonia debe estar inscrito en el BDO antes de la primera venta, indicar sus datos en el envase y conservar la declaración de conformidad. Allegro solicita el número de BDO, pero por el momento no bloquea las ventas sin él.

El PPWR, el reglamento de la UE relativo a los envases y residuos de envases, es aplicable a partir del 12 de agosto de 2026. Si importa de China mercancías envasadas y las vende en Polonia, se le considera importador y productor a efectos del PPWR. Las obligaciones del importador se resumen en tres puntos: datos en el envase, documentación del fabricante e inscripción en el BDO.

¿Qué es el PPWR y desde cuándo es aplicable?

El PPWR (Packaging and Packaging Waste Regulation) es el Reglamento (UE) 2025/40 de 19 de diciembre de 2024, relativo a los envases y residuos de envases. Es aplicable a partir del 12 de agosto de 2026 directamente en todos los Estados miembros de la UE (art. 71), derogando la Directiva 94/62/CE.

Determinados requisitos entrarán en vigor más adelante. El etiquetado armonizado sobre la composición de los materiales del envase será obligatorio a partir del 12 de agosto de 2028 o a los 24 meses de la entrada en vigor de los actos de ejecución de la Comisión, aplicándose la más tardía de ambas fechas (art. 12, apdo. 1).

¿Tiene usted la consideración de importador según el PPWR?

Sí, si está establecido en la UE e introduce en el mercado un envase procedente de un tercer país. La introducción en el mercado se define como la primera comercialización de un envase en el mercado de la UE, ya sea vacío o conteniendo un producto (art. 3, puntos 10 y 17, del PPWR). Por lo tanto, una mercancía procedente de China en una caja de cartón constituye también una importación de envases.

Ese mismo importador tiene habitualmente la condición de productor a efectos de la responsabilidad ampliada del productor, al ser el primero en comercializar en Polonia productos envasados (art. 3, punto 15, letra b). La RAP (responsabilidad ampliada del productor) implica que el productor financia la recogida y el tratamiento de los residuos de los envases que introduce en el mercado (art. 45).

Si el producto lleva su propia marca, el PPWR también le considera fabricante del envase (art. 3, punto 13, letra a). Por consiguiente, operar con marca de distribuidor (private label) desde China conlleva las obligaciones del fabricante: evaluación de la conformidad, documentación técnica y declaración UE de conformidad. Esto es aplicable a cualquier producto envasado, desde muebles como mesas de centro hasta pequeños accesorios.

¿Qué debe hacer el importador antes de proceder a la venta?

Antes de introducir el producto en el mercado, el importador debe verificar que el fabricante haya llevado a cabo la evaluación de la conformidad del envase y elaborado la documentación técnica pertinente. En el envase o en un documento de acompañamiento deberá consignar su nombre y dirección. Asimismo, conservará una copia de la declaración UE de conformidad durante 5 años, o durante 10 años en el caso de envases reutilizables (art. 18 del PPWR).

Lista de comprobación según el art. 18 y el art. 5:

  • El envase cumple los requisitos de los arts. 5 a 12. La suma de los niveles de concentración de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente no debe exceder de 100 mg/kg (art. 5, apdo. 4).
  • El fabricante ha llevado a cabo el procedimiento de evaluación de la conformidad y ha elaborado la documentación técnica (art. 18, apdo. 2, letra a).
  • El envase lleva un número de tipo, lote o serie u otro elemento que permita su identificación, así como los datos del fabricante (art. 18, apdo. 2, letra d, en relación con el art. 15, apdos. 5 y 6).
  • Su nombre, nombre comercial registrado o marca registrada y dirección postal figuran en el envase o embalaje y, cuando no sea posible, en un código QR o en un documento adjunto (art. 18, apdo. 3).
  • La copia de la declaración UE de conformidad está a disposición de las autoridades durante 5 años para envases y embalajes de un solo uso y durante 10 años para los reutilizables (art. 18, apdo. 7). A requerimiento de la autoridad, facilitará los documentos en un plazo de 10 días (art. 18, apdo. 8).
  • A partir del 12 de agosto de 2026, los envases destinados al contacto con alimentos no pueden contener PFAS por encima de los límites fijados en el art. 5, apdo. 5.

Por tanto, solicite la documentación del envase a la fábrica junto con la mercancía, no después del despacho de aduanas. Nuestro equipo en China puede requerirla ya durante la negociación. Así funciona la importación desde China en la que supervisamos la producción y la calidad in situ.

¿Cómo se vincula el BDO con el PPWR?

El BDO (base de datos sobre productos, envases y gestión de residuos) es el registro polaco en el que deben inscribirse quienes introducen productos envasados en el mercado. La solicitud se presenta antes de iniciar la actividad. Operar sin la inscripción obligatoria se sanciona con una multa administrativa de 1.000 a 1.000.000 PLN (BDO).

La inscripción proporciona un número de registro que debe indicar, entre otros, en facturas y contratos (BDO). La tasa de registro y la anual ascienden a 200 PLN para microempresas y a 800 PLN para el resto de empresas; la cuota anual se abona antes de finales de febrero (BDO).

El PPWR exige a los productores que se inscriban en un registro nacional de productores y prohíbe comercializar productos envasados sin ella (art. 44, apdos. 2 y 4). Los Estados miembros deben crear dichos registros en un plazo de 18 meses a partir del primer acto de ejecución de la Comisión (art. 44, apdo. 1).

En Polonia, las inscripciones vinculadas a la RAP en virtud del PPWR ya se gestionan a través del BDO. En septiembre de 2026, el mariscal del voivodato de Mazovia inscribió allí a los representantes autorizados en materia de RAP conforme al art. 45, apdo. 3 del PPWR.

¿Qué exige Allegro?

Allegro solicita a los productores según la definición del PPWR un número EPR para cada país de envío, y para Polonia este es el número BDO. También se requiere una declaración de conformidad de los envases con la normativa de la UE, que se presenta en la pestaña Datos de la cuenta. Por ahora, no disponer del número no bloquea las ventas (Allegro).

Allegro incluye entre los productores, entre otros, a las empresas que importan productos envasados y son las primeras en venderlos en el país, así como a quienes comercializan mercancías con su propia marca. Este número se introduce como número PPWR (EPR PPWR / BDO).

Allegro anuncia que, una vez que los países de la UE adapten sus registros al PPWR, comprobará el número EPR para cada país antes de autorizar la venta. La base jurídica es el art. 45, apdo. 4 del PPWR en relación con la Ley de Servicios Digitales (DSA, Digital Services Act). La plataforma debe obtener del productor el número de registro y una declaración de cumplimiento de las obligaciones de RAP.

En su página sobre la RAP, Allegro describe el número BDO como obligatorio, pero señala que no tiene la obligación de verificarlo.

¿Qué hacer antes de la primera venta?

Compruebe su condición jurídica, solicite el alta en el BDO, pida a la fábrica la documentación del envase e incorpore sus datos en el empaque. En Allegro, introduzca el número BDO en los datos de su cuenta. Cada trámite se realiza una sola vez, antes de la primera entrega.

Hemos recopilado las obligaciones del importador relativas al envasado y la seguridad del producto en la página PPWR, BDO y GPSR en la importación desde China.

Situación jurídica revisada: septiembre de 2026.

Cómo preparar la importación de mercancías envasadas para el PPWR

  1. 01

    Compruebe su condición jurídica: si introduce mercancías envasadas procedentes de fuera de la UE y es el primero en comercializarlas en Polonia, se le considera importador y productor a efectos del PPWR.

  2. 02

    Presente la solicitud de inscripción en el BDO antes de la primera venta y abone la tasa de registro: 200 PLN para microempresas y 800 PLN para el resto de entidades.

  3. 03

    Consigne su número de registro BDO en facturas, contratos y demás documentación mercantil vinculada a los productos envasados.

  4. 04

    Solicite al fabricante la documentación técnica, la declaración UE de conformidad del envase y la confirmación de que este incorpora la identificación de tipo o lote, así como los datos del fabricante.

  5. 05

    Indique en el envase, en un código QR o en el documento de acompañamiento su nombre o razón social, marca comercial y dirección postal.

  6. 06

    Introduzca su número de BDO en Allegro, en el apartado Datos de la cuenta, como número PPWR y marque la declaración de conformidad del envase con los requisitos de la UE.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es aplicable el PPWR?

El Reglamento (UE) 2025/40, conocido como PPWR, es aplicable a partir del 12 de agosto de 2026 directamente en todos los Estados miembros de la UE. Parte de los requisitos entrará en vigor más adelante: el etiquetado armonizado de los envases será obligatorio a partir del 12 de agosto de 2028 o a los 24 meses de la adopción de los actos de ejecución de la Comisión, lo que ocurra más tarde.

¿Debe el importador de mercancías procedentes de China inscribirse en el BDO?

Sí, si introduce en el mercado polaco productos envasados. La solicitud de inscripción en el BDO debe presentarse antes de iniciar la actividad. Operar sin el registro preceptivo conlleva sanciones administrativas de entre 1 000 y 1 000 000 de eslotis, y es obligatorio consignar el número de registro, entre otros documentos, en las facturas.

¿Qué datos debe incluir el importador en el envase según el PPWR?

Su nombre, nombre comercial registrado o marca registrada, así como su dirección postal y, si dispone de él, un medio de contacto electrónico. Cuando no sea posible indicarlos en el envase, se facilitarán mediante un código QR o en un documento que acompañe al producto. Así lo establece el art. 18, apdo. 3, del PPWR.

¿Bloquea Allegro las ventas si no se dispone del número de BDO?

Por ahora no. Allegro solicita a los productores en el sentido del PPWR el número EPR para cada país de destino del envío (para Polonia, el número de BDO), así como una declaración de conformidad de los envases. Ha anunciado que, una vez que los registros nacionales se adapten al PPWR, verificará el número antes de autorizar la venta.

¿Durante cuánto tiempo debe conservar el importador la declaración de conformidad del envase?

El importador debe conservar a disposición de las autoridades una copia de la declaración UE de conformidad y garantizar el acceso a la documentación técnica durante 5 años desde la introducción en el mercado de un envase de un solo uso, y durante 10 años en el caso de envases reutilizables. Previa solicitud de la autoridad competente, deberá facilitar la documentación en un plazo de 10 días.

Sigue leyendo